Adaptación y Flexibilidad: 1884 extiende el plazo para la generación de RIPS

La Resolución 1884 de 2024 ajusta los plazos  por grupos para implementar la facturación electrónica en salud, garantizando una transición gradual y maximizando los beneficios para todos los actores del sector. ¡Un respiro estratégico para el sistema de salud!

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Daniel Taborda

Octubre 02 de 2024

Tabla de contenidos

¿En que consiste la resolución 1884?

La Resolución 1884 de 2024 del Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia tiene como propósito principal modificar la Resolución 2275 de 2023 y la Resolución 558 de 2024. La modificación se centra en el aplazamiento de la implementación de la normativa relacionada con el Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud (RIPS) como soporte de la Factura Electrónica de Venta (FEV) en salud, lo cual permite un periodo de transición para los diferentes actores del sistema. A continuación, se presentaran  los aspectos más importantes y beneficios de esta resolución.

Beneficios

  • Mejora de la Calidad de la Información: Al permitir pruebas pilotos antes de la implementación total, se garantiza que la información recolectada cumpla con los estándares establecidos, mejorando así la calidad y precisión de los datos.
  • Apoyo Técnico y Capacitación: Se establecen actividades de asistencia técnica, pruebas y pilotos para los PSS y PTS, asegurando que todos los actores tengan la capacidad de cumplir con las nuevas disposiciones.
  • Flexibilidad en la Transición: Al otorgar más tiempo para cumplir con la normativa, la resolución permite a las entidades ajustar sus sistemas y procesos, evitando sanciones o interrupciones en la prestación de servicios.

Mecanismos de validación

Se establecen varios mecanismos de control para garantizar la correcta implementación y operación del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud (RIPS) como soporte de la Factura Electrónica de Venta (FEV) en el sector salud. Entre estos mecanismos destacan el mecanismo único de validación, que asegura la integridad de los datos transmitidos por los prestadores de servicios y su adecuada recepción por parte de las entidades responsables de pago, el uso obligatorio del Código Único de Validación (CUV) para certificar la estructura y contenido de los documentos, y un proceso escalonado de transición y asistencia técnica para los actores del sistema, lo cual incluye pruebas piloto y fases progresivas de implementación según la complejidad de los servicios prestados.

Aplazamiento de Fechas

La implementación de las nuevas normativas se llevará a cabo en tres fases, que corresponden a diferentes grupos de Prestadores de Servicios de Salud (PSS) y Proveedores de Tecnologías en Salud (PTS).

Grupo 1 compuesto por prestadores con servicios de alta complejidad, debe iniciar la transmisión de los archivos y obtener el Código Único de Validación (CUV) a partir del 1 de octubre de 2024.
Grupo 2 conformado por prestadores de mediana complejidad, tendrá como fecha de inicio el 1 de febrero de 2025.
Grupo 3 Que incluye prestadores de baja complejidad y entidades con objeto social diferente, comenzará la implementación

Fechas y pruebas piloto

Fase/ Proceso Actividad Plazo de ejecucución Responsable
Mecanismo de autenticación para PSS y PTS Grupo 1. PSS con servicios de alta complejidad habilitados y activos en REPS al 2 de septiembre de 2024 según el listado dispuesto por el Ministerio en el micrositio de FEV-RIPS en el siguiente enlace https./Mww.minsalud.gov.co/sitesMd/Lists 1BibliotecaDigital/RIDE/DE/OT/listado-pssreps-2024.zip - Entrada en operación del mecanismo único de validación del RIPS (JSON) como soporte de la FEV en salud (XML con los campos adicionales del sector salud). Se inicia la transmisión del conjunto de archivos a la plataforma para obtener el CUV para su radicación. 1 de octubre de 2024 Ministerio de Salud y Protección Social, Facturadores electrónicos del sector salud y entidades obligadas a reportar RIPS, Entidades Responsables de Pago y demás pagadores
Asistencia técnica, pruebas y pilotos Grupo 1. Asistencia técnica obligatoria en procesos de autenticación, instalación y realización de pruebas y pilotos de validación ante el mecanismo unico de validación, en sus diferentes módulos (Fases I, II y III), según programación Minsalud. 1 de octubre a 30 noviembre de 2024 Ministerio de Salud y Protección Social, Facturadores electrónicos del sector salud y entidades obligadas a reportar RIPS, Entidades Responsables de Pago y demás pagadores
Mecanismo de autenticación para PSS y PTS Grupo 2. PSS con servicios de mediana complejidad habilitados y activos en REPS al 2 de septiembre de 2024 según el listado dispuesto por el Ministerio en el micrositio de FEV-RIPS en el siguiente enlace https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists /BibliotecaDigital/RIDE/DE/OT/listado-pssreps-2024.zip - Entrada en operación del mecanismo único de validación del RIPS (JSON) como soporte de la FEV en salud (XML con los campos adicionales del sector salud). Se inicia la transmisión del conjunto de archivos a la plataforma para obtener el CUV para su radicación. 1 d febrero de 2025 Ministerie de Salud y Protección Social, Facturadores electrónicos del sector salud y entidades obligadas a reportar RIPS, Entidades Responsables de Pago y demás pagadores
Asistencia técnica , p ruebas y p ilotos Grupo 2. Asistencia técnica obligatoria en procesos de autenticación, instalación y realización de pruebas y pilotos de validación ante el mecanismo unico de validación, en sus diferentes módulos (Fases I, II y 110, según programación Minsalud. 1 de diciembre de 2024 a 31 de enero de 2025 Ministerio de Salud y Protección Social, Facturadores electrónicos del sector salud y entidades obligadas a reportar RIPS, Entidades Responsables de Pago y demás pagadores
Mecanismo de autenticación para PSS y PTS Grupo 3. PSS con servicios de baja complejidad, profesionales independientes no obligados a FEV en salud y entidades con objeto social diferente habilitados y activos en REPS al 2 de septiembre de 2024 según el listado dispuesto por el Ministerio en el micrositio de FEV-RIPS en el siguiente enlace https://www.minsalud.gov.colsiteshid/Lists /BibliotecaDigital/RIDE/DE/OTAistado-pssreps-2024.zip, y PTS inscritos ante el mecanismo al 2 de septiembre de 2024 según el listado dispuesto por el Ministerio en el micrositio de FEV-RIPS en el siguiente enlace https://www.minsalud.gov.co/sitestrid/Lists /BibliotecaDigital/RIDE/DEIOT/listado-ptsobligados-reportar-fev-nes.zip - Entrada en operación del mecanismo único de validación del RIPS (JSON) como soporte de la FEV en salud (XML con los campos adicionales del sector salud). Se inicia la transmisión del conjunto de archivos a la plataforma para obtener el CUV para su radicación. 1 d abril de 2025 Ministerio de Salud y Protección Social, Facturadores electrónicos del sector salud y entidades obligadas a reportar RIPS, Entidades Responsables de Pago y demás pagadores
Asistencia técnica, pruebas y pilotos Grupo 3. Asistencia técnica obligatoria en procesos de autenticación, instalación y realización de pruebas y pilotos de validación ante el mecanismo unico de validación, en sus diferentes módulos (Fases I, II y III), según programación Minsalud. Del 1 de febrero al 31 de marzo de 20. Ministerio de Salud y Protección Social, Facturadores electrónicos del sector salud y entidades obligadas a reportar RIPS, Entidades Responsables de Pago y demás pagadores

Fuentes

  • Ministerio de Salud y Protección Social. (2024). Resolución 1884 de 2024: Por la cual se modifica la Resolución 2275 de 2023 y se dictan otras disposiciones. Recuperado de https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/DE/DIJ/resolucion-1884-de-2024.pdf.
  • Ministerio de Salud y Protección Social. (2024). Resolución No 558 de 2024.https://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Resoluci%C3%B3n%20No%20558%20de%202024.pdf
  • Ministerio de Salud y Protección Social. (2023). Resolución No. 2275 de 2023 [PDF]. Recuperado de https://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Resoluci%C3%B3n%20No%202275%20de%202023.pdf